Municipios de Honduras > Extranjeros > Matrimonio con un Hondureño/a: ¿Cómo hacerlo?

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Toda persona goza de pleno derecho de casarse al llegar a la edad núbil. En Honduras el derecho al matrimonio está garantizado en la Constitución de la República y en el Código de Familia. De igual manera, cualquier extranjero que cumpla con los requisitos estipulados legalmente puede casarse con un Hondureño.

Al igual que en la mayoría de los países, en Honduras los extranjeros pueden contraer matrimonio con los nacionales sin ningún impedimento, siempre y cuando cumplan con la documentación y exigencias de las leyes.

Matrimonio con un local

¿Qué documentación es necesaria para casarse?

Cualquier persona extranjera mayor a 21 años que desee casarse debe presentar la siguiente documentación:

  • • Fotocopia ampliada de Tarjeta de Identidad de los contrayentes. El extranjero debe presentar fotocopia de Pasaporte o salvoconducto de ser el caso.
  • • Fotocopia anexada al Pasaporte de la fecha de ingreso al país emitida por la Oficina de Migraciones.
  • • Fotocopia ampliada de Tarjeta de Identidad de los dos testigos que sean mayores de 21 años. Estos deben saber leer y escribir y presentar los documentos originales. En caso de ser extranjeros deben presentar fotocopia del Pasaporte.
  • Certificación de Estado Civil (constancia de soltería) y Antecedentes Penales no mayor a tres meses de antigüedad emitida por el país de origen, debidamente apostillados y autenticados. Si se encuentran en un idioma distinto al español, deben ser traducidas.
  • Constancia de parentesco emitido por la Oficina de Registro Nacional del lugar de Nacimiento.
  • Constancia Médica que contenga examen de VIH, cuando no haya hijos de por medio.
  • • Si la mujer está embarazada, debe presentar prueba de embarazo emitida, firmada y sellada por el laboratorio.
  • Si la pareja posee hijos, debe presentar su Partida de Nacimiento Original.
  • • Boleta de pago por servicios matrimoniales de L.350,00; cuando es con notario L.500

¿Ante qué organismo se realiza?

En Honduras el matrimonio civil puede realizarse por medio de dos entidades, la primera de ellas es en la Alcaldía Municipal por medio del alcalde, el Presidente del Consejo o también por medio de sus concejales. La otra manera es ante un notario, quienes están facultados ante la ley para celebrar matrimonios en todo el territorio de Honduras en el lugar que se acuerde, en este caso los contrayentes deben cubrir los gastos de traslado y estadía hasta el lugar.

¿Cómo es el proceso para contraer matrimonio?

Una vez se tengan todos los documentos en orden deben consignarlos ante las Autoridades Competentes, en este caso sería algún funcionario de la alcaldía antes mencionado o el notario seleccionado. Una vez acordado el día y la hora, se les dará lectura a los artículos 40,41,42,64,68 del Código de Familia ante los dos testigos, los contrayentes y demás personas presentes. Acto seguido se les preguntará si comprenden los alcances de las disposiciones legales, si estos aceptan se proseguirá con las firmas correspondientes para su posterior registro.

Beneficios al casarte con un hondureño(a)

La Constitución de la República de Honduras establece artículo 24, que una de las formas de adquirir la Ciudadanía por Naturalización es cuando un extranjero se casa con un hondureño por nacimiento. Sin embargo, para legalizar el estatus, se debe presentar la solicitud de residencia por matrimonio ante la Secretaría de Gobernación y Justicia, en el despacho de Gobernación y Población, una vez realizada se debe esperar una plaza de 3 a 6 meses para validar la solicitud. Luego de esto gozara de pleno derecho de los beneficios de ser ciudadano hondureño.

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Ahora ya sabes

El estado Hondureño ofrece facilidades para tramitar los procedimientos necesarios para la permanencia legal de los extranjeros en matrimonio con ciudadanos de este país. De esta manera, se respetan los derechos humanos y se brinda una oportunidad de desarrollo.